Cootransarare

Políticas

COOTRANSARARE LTDA. Empresa dedicada al transporte público de pasajeros y de carga en sus diferentes modalidades, encomiendas y demás actividades conexas; comprometida con la satisfacción de los clientes y demás partes interesadas, generando relaciones de mutuo beneficio con las comunidades de los sectores, zonas y áreas de influencia donde se desarrollan nuestras operaciones con el desplazamiento del parque automotor, establece los siguientes lineamientos:

  • – Identificar y cumplir los requisitos legales, otros requisitos aplicables y los requisitos del cliente en materia de seguridad vial, seguridad y salud en el trabajo, medio ambiente y calidad.
  • – Identificar, analizar y controlar los peligros, riesgos y factores psicosociales, así como los aspectos e impactos ambientales, con el objetivo de prevenir lesiones personales, enfermedades laborales, daño a la propiedad y el medio ambiente.
  • – Asignar los recursos económicos, humanos, tecnológicos y de infraestructura necesarios que garanticen el desarrollo del sistema de gestión integral, el bienestar físico, mental y social de los trabajadores, sus familias y las comunidades de los diferentes sectores operacionales.
  • – Aplicar procesos de mejora continua para garantizar estándares de calidad y una mejor prestación del servicio, la seguridad de los procesos, la salud física y mental de los trabajadores, minimizando la ocurrencia de accidentes de trabajo, enfermedades laborales y siniestros viales, así como la disminución en la generación de residuos, la prevención de la contaminación y el aumento en la eficiencia del uso de recursos naturales.
  • – Promover la participación de los trabajadores mediante la creación de los diferentes comités, garantizando la consulta y socialización de la información necesaria.
  • – Asegurar la protección del medio ambiente, previniendo la contaminación, aportando al cambio climático y minimizando los efectos ambientales producidos como consecuencia de las actividades que desarrollamos en nuestra organización.

Como muestra de los compromisos citados COOTRANSARARE LTDA establece los siguientes objetivos:

  • – Prevenir los Accidentes de Trabajo (AT) y Enfermedades Laborales (EL).
  • – Reducir la tasa de accidentalidad, morbilidad y casos asociados a riesgos psicosociales en la organización.
  • – Promover la capacitación de trabajadores, contratistas y subcontratistas en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, salud mental, medio ambiente, seguridad vial y calidad.
  • – Identificar, evaluar e intervenir integralmente los peligros, riesgos y los aspectos e impactos socioambientales presentes en la organización.
  • – Optimizar el uso de recursos naturales, productos y servicios más seguros y sustentables.
  • – Minimizar los impactos ambientales y contribuir a la mitigación del cambio climático.
  • – Promover la calidad de vida laboral mediante la concientización sobre el autocuidado, los hábitos de vida saludable y la salud mental en los trabajadores.
  • – Aumentar la satisfacción de nuestros clientes en los servicios prestados.
  • – Proteger la integridad física y mental de los colaboradores, contratistas y subcontratistas, así como el patrimonio, el medio ambiente y sus servicios.
  • – Mejorar el desempeño del sistema de gestión integral implementando acciones preventivas (AP), correctivas (AC) y de mejora continua (OM).
  • – Divulgar, socializar y revisar periódicamente la Política, promoviendo su conocimiento y cumplimiento entre las partes interesadas.

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MIREYA CAMACHO MEDINA
GERENTE GENERAL
Fecha revisión: 27/06/2026

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COOTRANSARARE LTDA, en la búsqueda de mantener ambientes sanos y lugares de trabajo óptimos, que permitan alcanzar los más altos estándares en Seguridad y Productividad,  establece una política de no consumo de Alcohol, tabaco, vapeadores y Sustancias Psicoactivas; teniendo en cuenta su actividad económica, lo que motiva al estricto cumplimiento de las acciones encaminadas a la seguridad vial y el transporte de nuestros usuarios.

 Como parte de su continuo compromiso por proteger la integridad de los trabajadores, usuarios, comunidad y demás partes interesadas, establece de manera responsable controles con el propósito de buscar la mejora continua en pro de la seguridad vial y la Seguridad y Salud en el Trabajo, por tal motivo la organización ha definido y establecido los siguientes lineamientos:

  • – Prohibir el consumo de alcohol, tabaco, vapeadores o sustancias psicoactivas (Ley 1696 de 2013) durante la jornada laboral para todo el personal vinculado a la operación directa del transporte, personal operativo y cualquier cargo de alto riesgo, como medida preventiva y control para proteger la vida, el bienestar, la salud, estado psicosocial, el patrimonio de los asociados y la comunidad.
  • – En caso de presentarse un siniestro vial durante la jornada laboral, el trabajador deberá realizar la debida diligencia con las autoridades competentes aplicando la prueba de alcohol o sustancias psicoactivas, si es el caso.
  • – Se considera una violación a las políticas de la empresa que un conductor o colaborador, obtenga un resultado positivo en la prueba realizada en un centro asistencial competente. En este caso, se aplicarán las medidas correctivas y disciplinarias establecidas por la organización, conforme al reglamento interno y a la normatividad vigente.
  • – Se prohíbe la venta, consumo, distribución o porte de alcohol, sustancias psicoactivas, cigarrillos, vapeadores o cualquier dispositivo electrónico similar dentro de las instalaciones, vehículos y zonas operativas de la empresa.
  • – Queda totalmente prohibido fumar, vapear o utilizar cualquier dispositivo electrónico que emita humo, vapor o aerosol en todas las instalaciones, vehículos y oficinas de la empresa, incluyendo espacios cerrados o con riesgo de incendio y/o exposición.
  • – La empresa, promoverá hábitos y  estilos de vida saludables, orientados a la prevención del No consumo de Alcohol, Tabaco, vapeadores y Sustancias Psicoactivas en la población trabajadora.
  • – Todos los trabajadores, contratistas, proveedores, subcontratistas y demás partes interesadas deben cumplir y promover esta política, contribuyendo al mantenimiento de un entorno laboral seguro, saludable y libre de alcohol, tabaco, vapeadores y sustancias psicoactivas.

Esta política será divulgada y comunicada a los trabajadores, contratistas, subcontratistas, proveedores, clientes y demás partes interesadas de COOTRANSARARE LTDA., mediante actividades de inducción, capacitación, charlas, publicaciones y demás medios de difusión definidos por la organización, garantizando su conocimiento y aplicación dentro del desarrollo de las actividades.

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MIREYA CAMACHO MEDINA
GERENTE GENERAL
Revisión 27/06/2026

La COOPERATIVA DE TRANSPORTADORES DEL SARARE COOTRANSARARE LTDA. Se compromete a garantizar la seguridad vial y el bienestar de sus trabajadores, asociados, comunidad y demás actores viales vulnerables. Asimismo, se compromete a prevenir los siniestros viales y contribuir a la reducción de muertes y lesiones graves derivadas de los desplazamientos asociados a su operación, proporcionando un marco de referencia claro y estructurado que guíe el establecimiento de los objetivos y metas de seguridad vial, con el fin de minimizar los factores de riesgo asociados a la operación del transporte y reducir la ocurrencia de accidentes de tránsito.

Compromisos de COOTRANSARARE LTDA:

1. Comportamiento y Cortesía

  • – Orientar el comportamiento de los conductores hacia la cortesía y el respeto por otros conductores y usuarios de la vía.
  • – Promover el respeto y la protección de los actores viales vulnerables, especialmente peatones, ciclistas, motociclistas y personas con movilidad reducida, durante el desarrollo de las operaciones de transporte.
  • – Cualquier usuario del servicio o cualquier actor vial, que evidencie faltas o irregularidades en el servicio podrá reportar la infracción y evitar que se ponga en riesgo su vida y la de los demás al #767 ¿cómo conduzco?

2. Cumplimiento y disposiciones

  • – Identificar, evaluar y controlar los riesgos viales asociados a los conductores, vehículos, infraestructura vial, condiciones ambientales y operación del transporte, implementando los controles necesarios para prevenir siniestros viales.
  • – Cumplir con el Código Nacional de Tránsito Terrestre Ley 769 de 2002 y demás normatividades en seguridad vial, promoviendo los principios de seguridad, calidad, preservación del ambiente y protección del espacio público.
  • – Seguir las normas de tránsito vigentes a nivel nacional, así como las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo y manejo defensivo.
  • – Los trabajadores, conductores, asociados, contratistas, subcontratistas y demás actores viales deberán cumplir con las disposiciones establecidas y divulgadas por la organización en el marco del Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV).

3. Uso de Cinturón de Seguridad

  • – Garantizar de que tanto el conductor como los pasajeros usen el cinturón de seguridad siempre que el vehículo esté en movimiento.
  • – Todos los vehículos de propiedad o que presten un servicio, deberán tener cinturones de seguridad de acuerdo con la reglamentación vigente.

4. Prohibición de Alcohol y Sustancias Psicoactivas

  • – Realizar pruebas de alcoholimetría de acuerdo con los procedimientos establecidos por la organización y la normatividad aplicable.
  • – COOTRANSARARE LTDA. rechaza el consumo de bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas, y podrá realizar pruebas de alcoholimetría conforme a sus procedimientos internos. El incumplimiento de esta disposición estará sujeto a lo establecido en la Política de Prevención del Consumo de Alcohol, Tabaco y Sustancias Psicoactivas.
  1. Capacidad de Carga
  • – No llevar sobrecupo durante el servicio.
  • – Se requiere aplicar las recomendaciones y controles dispuestos en cada uno de los estándares definidos por COOTRANSARARE para el Transporte de Mercancías Peligrosas, Pasajeros, especial, Carga Seca, Extrapesada o Extra dimensionada.

6. Planificación y Descanso

  • – Planificar y cumplir los desplazamientos laborales, trayectos in itinere, rutas y horarios para todos los conductores (propios, afiliados y contratistas), garantizando tiempos adecuados de reposo y descanso para prevenir la fatiga.
  • – Cumplir las jornadas, tiempos máximos de conducción, descansos y pausas establecidos por la normatividad vigente y los lineamientos definidos por la organización, sin exceder las jornadas máximas de conducción establecidas (8 o 10 horas diarias, según corresponda) y realizando pausas mínimas de quince (15) minutos por cada dos (2) horas de conducción continua.
  • –  Evitar conducir cuando se presenten condiciones de salud o bajo efectos de medicamentos que puedan afectar la capacidad física o mental para la conducción.
  • – Todo conductor que evidencie síntomas de microsueños, fatiga o enfermedad deberá suspender la conducción e informar de manera inmediata la situación.
  • – Mantener mecanismos de seguimiento al cumplimiento de los tiempos de conducción, descanso y pausas para los conductores que realicen recorridos largos.
  • – Realizar seguimiento y monitoreo de los sistemas de GPS durante la operación de los vehículos para fortalecer el control y la seguridad vial.

7. Uso de equipos bidireccionales

  • – Prohibir el uso de teléfonos celulares, dispositivos móviles y cualquier equipo de comunicación que genere distracción durante la conducción.
  • – Constituye una violación de la presente política el uso o manipulación de equipos de comunicación, aplicaciones de mensajería, redes sociales, dispositivos electrónicos o cualquier otro elemento que pueda afectar la atención y concentración del conductor durante la operación del vehículo.
  • – Para realizar o atender llamadas, el conductor deberá detener completamente el vehículo en un lugar seguro y autorizado, sin generar riesgos para su integridad, la de los pasajeros, la carga o los demás actores viales.
  1. Medidas de Protección
  • – Cumplir con las medidas de bioseguridad y utilizar adecuadamente los elementos y equipos de protección personal requeridos para el desarrollo seguro de las actividades.
  • – Hacer uso obligatorio, cuidar y mantener en óptimas condiciones los elementos y equipos de protección personal suministrados o exigidos por la organización.
  • – Velar por el cuidado, conservación y operación segura del vehículo, así como por la protección de los pasajeros, la carga y demás bienes bajo su responsabilidad.

9. Verificación de Comparendos

  • – Realizar verificaciones periódicas del estado de comparendos, pagos y acuerdos de pago, promoviendo el cumplimiento de la normatividad vial vigente.

10. Inspección de Vehículos

  • –  Realizar inspecciones periódicas a los vehículos para verificar su estado mecánico, condiciones de seguridad y cumplimiento de los requisitos legales aplicables. Los vehículos que no cumplan con los requisitos establecidos no podrán ser utilizados en la operación.
  • – Garantizar el mantenimiento preventivo y correctivo de los vehículos propios y de terceros vinculados a la operación, con el fin de prevenir fallas mecánicas y reducir el riesgo de siniestros viales que puedan afectar a trabajadores, pasajeros, clientes, comunidad y medio ambiente.
  • – Asegurar que todos los vehículos cuenten con los elementos de seguridad exigidos por la normatividad vigente, tales como extintor, equipo de carretera, botiquín de primeros auxilios y kit de derrames, cuando aplique.
  • – Realizar la inspección preoperacional antes de iniciar cada servicio, verificando que el vehículo se encuentre en condiciones adecuadas de limpieza, funcionamiento y seguridad para la operación.
  • – Reportar de manera inmediata al área responsable cualquier novedad, daño, condición insegura o falla mecánica identificada en el vehículo.
  1. Documentación y Certificación
  • – Contar con la documentación legal vigente, certificación o capacitación en conducción defensiva y cumplir con las políticas de velocidad establecidas por la organización para prevenir incidentes y promover una operación segura.
  • – Poseer licencia de conducción vigente y de la categoría correspondiente al tipo de vehículo que se va a conducir.
  1. Transporte de Personal
  • – Prohibir el transporte de personas en vehículos de carga o equipos no destinados ni autorizados para el transporte de pasajeros, salvo los casos expresamente permitidos por la normatividad vigente.
  1. Capacitación Continua
  • – Capacitar y promover permanentemente la participación de conductores, trabajadores, asociados, contratistas y demás partes interesadas en el cumplimiento de la normatividad vigente del sector transporte, la identificación de riesgos viales y la implementación de acciones de mejora continua en seguridad vial.
  • – Desarrollar procesos de inducción, capacitación, entrenamiento, sensibilización y campañas orientadas al fortalecimiento de la cultura de seguridad vial y la prevención de siniestros viales.
  • – Establecer programas de promoción y prevención, campañas y estrategias de concientización en seguridad vial dirigidas a conductores, trabajadores, contratistas y comunidad en general, de acuerdo con la naturaleza de las operaciones, con el fin de contribuir a la reducción de siniestros viales.

14. Responsabilidad de la Alta Dirección

  • – La alta dirección es responsable de destinar los recursos necesarios para la planificación, implementación, seguimiento y mejora del PESV.
  • – Demostrar liderazgo y compromiso con la seguridad vial, promoviendo el cumplimiento de los objetivos, acciones y estrategias definidas en el PESV.
  • – Garantizar la evaluación periódica del desempeño en seguridad vial y promover la mejora continua del PESV mediante el seguimiento de indicadores, auditorías, análisis de resultados y definición de acciones de mejora.

15. Reporte de siniestros viales e incidentes.

  • – Reportar de manera inmediata cualquier siniestro vial, incidente de tránsito o condición insegura identificada en la vía, el vehículo o la operación.
  • – Preservar las evidencias del siniestro vial y seguir los protocolos establecidos por la organización y las autoridades competentes para el reporte y atención del evento.
  • – Mantener una conducción preventiva y un comportamiento respetuoso frente a los demás actores viales, promoviendo la seguridad vial y la prevención de siniestros.
  1. Mejora Continua de la Seguridad Vial
  • – Mejorar continuamente el desempeño en seguridad vial mediante la evaluación de resultados, el análisis de incidentes y accidentes de tránsito, la identificación de oportunidades de mejora y la implementación de acciones preventivas, correctivas y de mejora continua.

Lineamientos Específicos:

  • Violación de Normativas
  • – El incumplimiento de la normatividad vigente en materia de límites de velocidad y demás disposiciones de seguridad vial será considerado una violación de esta política.
  • – Todos los empleados, contratistas y partes interesadas deben sujetarse a esta Política y a la regulación de tránsito colombiana. El incumplimiento de esta Política dará lugar a acciones disciplinarias.
  • – Constituye una violación a esta política el incumplimiento de los lineamientos, procedimientos y directrices de seguridad vial establecidos por la organización y divulgados durante los procesos de inducción, capacitación y entrenamiento.

Límites de Velocidad

  • – Los límites de velocidad según el tipo de vía y vehículo establecido en los siguientes estándares:
  • – GOP-F-20 Estándar en seguridad vial -control de velocidades.

Alcance

La presente Política de Seguridad Vial aplica a todos los trabajadores, conductores, asociados, contratistas y demás partes interesadas vinculadas a la operación de COOTRANSARARE LTDA., así como a los vehículos propios, afiliados o de terceros que presten servicios para la organización.

COOTRANSARARE LTDA. realizará seguimiento permanente al desempeño en seguridad vial, implementando las acciones necesarias para la prevención de siniestros viales y la mejora continua.

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MIREYA CAMACHO MEDINA

GERENTE GENERAL

Fecha de Revisión 27/06/2026

COOTRANSARARE LTDA. está comprometida con la promoción de un ambiente de trabajo seguro, respetuoso, inclusivo y libre de cualquier forma de acoso laboral, acoso sexual, violencia y discriminación. En cumplimiento de la normatividad vigente y como parte de la gestión de la seguridad y salud en el trabajo, la empresa adopta medidas de prevención, protección, atención y control frente a situaciones que puedan afectar la dignidad, integridad, bienestar y derechos de las personas en el mundo del trabajo.

Para el cumplimiento de esta política, COOTRANSARARE LTDA. se compromete a:

  • – Promover relaciones laborales basadas en el respeto, la dignidad humana, la igualdad, la inclusión, la equidad y la sana convivencia.
  • – Rechazar y prevenir cualquier forma de acoso laboral, acoso sexual, violencia o discriminación por razones de sexo, género, orientación sexual, identidad de género, raza, etnia, religión, edad, discapacidad o cualquier otra condición protegida por la ley.
  • – Garantizar un entorno de trabajo seguro y libre de conductas que afecten la dignidad, integridad física o mental, bienestar, salud mental o desempeño laboral de las personas.
  • – Recibir, orientar y atender de manera oportuna, confidencial y respetuosa las quejas o reportes relacionados con presuntas situaciones de acoso laboral, acoso sexual, violencia o discriminación, a través de los mecanismos y protocolos internos establecidos y conforme a la normatividad vigente.
  • – Garantizar la confidencialidad, imparcialidad, respeto y protección de los derechos de las personas involucradas, conforme a la naturaleza de cada situación y los procedimientos legalmente aplicables.
  • – Implementar acciones de prevención, sensibilización y capacitación orientadas a promover una convivencia laboral saludable, el respeto por los derechos humanos y la prevención de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo.
  • – Prohibir cualquier forma de acoso, violencia o discriminación en los espacios y situaciones relacionadas con el trabajo, incluyendo el lugar de trabajo, desplazamientos, viajes, capacitaciones, eventos, comunicaciones y demás actividades laborales o contractuales.
  • – Salvaguardar la información recolectada durante la atención de los casos, garantizando la protección de los datos personales y la reserva de la información.
  • – Adoptar medidas de prevención y protección frente a posibles represalias, intimidaciones o tratos desfavorables contra las personas que presenten una queja, denuncia, reporte o participen en los procedimientos relacionados con situaciones de acoso, violencia o discriminación.
  • – Garantizar la atención respetuosa, equitativa y libre de discriminación en todas las acciones de prevención y atención de situaciones de acoso, violencia y discriminación.

Responsabilidades de los trabajadores y demás partes interesadas:

Todos los trabajadores, contratistas y demás partes interesadas deberán contribuir al mantenimiento de un ambiente de trabajo seguro, respetuoso y libre de violencia, absteniéndose de realizar conductas de acoso, violencia o discriminación y reportando oportunamente cualquier situación que pueda afectar la convivencia, dignidad, integridad o bienestar de las personas.

La presente política será divulgada a todos los trabajadores y demás partes interesadas, y será revisada y actualizada cuando se presenten cambios normativos, organizacionales o cuando las necesidades de la organización así lo requieran.


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MIREYA CAMACHO MEDINA
GERENTE GENERAL

Fecha Revisión 27/06/2026

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COOTRANSARARE LTDA. en la prestación de sus servicios, reconoce y protege los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes, que pueden ser vulnerables a la explotación laboral, sexual, comercial, abuso y maltrato. En este sentido, la empresa rechaza cualquier conducta relacionada con estos delitos y dará cumplimiento a las medidas disciplinarias internas y a las acciones legales que correspondan de conformidad con la normatividad vigente. Además, promueve la seguridad y protección de los menores frente a la explotación, la pornografía y el turismo sexual, los cuales son altamente perjudiciales para su salud, desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.

Los principios fundamentales de esta política social son:

  • – Prohibir estrictamente la contratación de niños, niñas y adolescentes en condiciones que vulneren sus derechos, salvo en los casos permitidos por la legislación nacional y bajo condiciones protegidas y reguladas.
  • – Verificar los antecedentes judiciales y disciplinarios del personal a contratar.
  • – Velar porque los contratistas, subcontratistas, proveedores y demás asociados comerciales contribuyan a la prevención y erradicación de la explotación laboral, explotación sexual comercial, abuso y maltrato de niños, niñas y adolescentes.
  • – Concientizar al personal sobre la explotación laboral, sexual, abuso y maltrato de niños, niñas y adolescentes, promoviendo una cultura de tolerancia cero frente a cualquier conducta de este tipo.
  • – Todos los trabajadores que intervengan en la operación del transporte de pasajeros deberán dar cumplimiento a lo establecido en el Protocolo para el transporte de menores de edad (GOP-DG-09).

La organización se compromete a denunciar ante las autoridades competentes cualquier caso o indicio de explotación laboral, sexual, comercial, abuso y maltrato en niños, niñas y adolescentes que sea identificado en el desarrollo de sus actividades o en su entorno de trabajo.

La presente política será divulgada a todos los trabajadores y demás partes interesadas, y será revisada y actualizada cuando se presenten cambios normativos, organizacionales o cuando las necesidades de la organización así lo requieran.

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MIREYA CAMACHO MEDINA
GERENTE GENERAL
Fecha revisión: 27/06/2026

COOTRANSARARE LTDA., con el propósito de establecer los lineamientos para la notificación, justificación y gestión de las ausencias laborales derivadas de permisos, incapacidades médicas, accidentes de trabajo, enfermedades de origen común o laboral, licencias legales y demás situaciones que impliquen la inasistencia temporal del trabajador a sus labores, adopta la presente Política de Ausentismo Laboral.

  • – Todo trabajador deberá informar oportunamente a su jefe inmediato o a la dependencia designada por la empresa cualquier ausencia laboral derivada de permisos, incapacidades, licencias, accidentes de trabajo o cualquier otra situación que le impida asistir a sus labores. El reporte podrá realizarse por cualquier medio de comunicación disponible definido por la organización. En casos de emergencia o urgencia médica, la atención tendrá prioridad y el reporte se efectuará tan pronto como las circunstancias lo permitan.
  • – Toda ausencia deberá estar debidamente soportada con la documentación correspondiente. El trabajador deberá informar la expedición de incapacidades o licencias y remitir los documentos respectivos dentro de los plazos establecidos por la empresa, salvo situaciones de fuerza mayor o caso fortuito debidamente justificadas.
  • – La empresa verificará la validez de las incapacidades, licencias y demás soportes presentados, adelantará los trámites correspondientes ante la EPS, ARL o entidad competente y podrá solicitar la información necesaria para dichos procesos, respetando la confidencialidad, la protección de datos personales y la reserva de la información médica.
  • – La recepción de incapacidades o licencias por parte de la empresa no implica su aceptación automática ni el reconocimiento inmediato de prestaciones económicas, las cuales estarán sujetas a los procesos de validación y reconocimiento establecidos por las entidades competentes.
  • – El trabajador que se encuentre incapacitado o disfrutando de una licencia deberá abstenerse de realizar actividades laborales para la empresa durante el período correspondiente, salvo autorización expresa de la autoridad o entidad competente cuando sea procedente.
  • – En caso de ausencia injustificada o de no presentación de los soportes requeridos, la empresa actuará conforme a lo establecido en el Reglamento Interno de Trabajo, garantizando el debido proceso y el derecho de defensa del trabajador.
  • – Los trabajadores que regresen de incapacidades prolongadas, accidentes de trabajo, enfermedades laborales o condiciones de salud que generen restricciones deberán participar en los procesos de reincorporación laboral y seguimiento ocupacional definidos por la empresa, cuando aplique.
  • – COOTRANSARARE LTDA. realizará seguimiento periódico a los indicadores de ausentismo laboral como parte del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), con el fin de implementar acciones de prevención, control y mejora continua.

La presente política es de obligatorio cumplimiento para todos los trabajadores de COOTRANSARARE LTDA. Será divulgada a los trabajadores y demás partes interesadas, y será revisada y actualizada cuando se presenten cambios normativos, organizacionales o cuando las necesidades de la empresa así lo requieran.

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MIREYA CAMACHO MEDINA
GERENTE GENERAL
Fecha Revisión 27/06/2026

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COOTRANSARARE LTDA, comprometida con la protección de la salud física y mental, el bienestar laboral y el respeto por la vida personal y familiar de sus trabajadores, reconoce y garantiza el derecho a la desconexión laboral de conformidad con la Ley 2191 de 2022 y demás disposiciones legales aplicables.

La empresa promoverá una cultura organizacional basada en el respeto de los tiempos de descanso, permisos, licencias, vacaciones y demás espacios destinados a la vida personal, familiar y social de los trabajadores, favoreciendo el equilibrio entre la vida laboral y personal.

Para garantizar el derecho a la desconexión laboral, COOTRANSARARE LTDA. se compromete a:

  • – Respetar la jornada laboral y los tiempos de descanso legalmente establecidos para los trabajadores.
  • – Abstenerse de realizar requerimientos, solicitudes, instrucciones o comunicaciones relacionadas con actividades laborales fuera de la jornada ordinaria de trabajo, salvo las excepciones contempladas en la legislación vigente.
  • – Promover hábitos saludables en el uso de los medios de comunicación y las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), tales como llamadas telefónicas, WhatsApp, correo electrónico y demás canales corporativos, evitando la generación de requerimientos laborales que deban ser atendidos fuera de la jornada de trabajo, salvo las excepciones establecidas en la normatividad vigente.
  • – Promover prácticas de liderazgo y organización del trabajo que respeten el derecho a la desconexión laboral y prevengan factores de riesgo psicosocial asociados a cargas de trabajo excesivas o interferencia permanente con la vida personal y familiar de los trabajadores.
  • – Sensibilizar a los trabajadores, jefes, coordinadores y demás niveles de la organización sobre la importancia del respeto por los tiempos de descanso.
  • – Garantizar mecanismos internos para la recepción y gestión de las quejas relacionadas con presuntas vulneraciones al derecho de desconexión laboral.

De conformidad con la Ley 2191 de 2022, las excepciones al derecho a la desconexión laboral serán únicamente aquellas previstas por la normatividad vigente, incluyendo los cargos de dirección, confianza y manejo, los trabajadores que, por la naturaleza de sus funciones, requieran disponibilidad permanente o excepcional y las situaciones de fuerza mayor o caso fortuito que exijan una actuación inmediata para garantizar la continuidad de la operación o evitar perjuicios graves a la empresa.

COOTRANSARARE LTDA. rechaza cualquier conducta que vulnere de manera reiterada e injustificada el derecho a la desconexión laboral. Cuando dichas conductas reúnan las características establecidas en la Ley 1010 de 2006, podrán ser consideradas como presuntas conductas de acoso laboral y tratadas conforme a los mecanismos internos y la normatividad vigente.

Los trabajadores podrán presentar las quejas relacionadas con presuntas vulneraciones al derecho a la desconexión laboral a través de los mecanismos internos establecidos por la empresa, las cuales serán gestionadas por el Comité de Convivencia Laboral o la instancia competente, garantizando la confidencialidad, el respeto por el debido proceso y el cumplimiento de la normatividad vigente.

La presente política aplica a todos los trabajadores de COOTRANSARARE LTDA. y será divulgada, implementada, revisada como mínimo una vez al año y actualizada cuando se presenten cambios normativos, organizacionales o cuando las necesidades de la empresa así lo requieran

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MIREYA CAMACHO MEDINA
GERENTE GENERAL
Fecha Revisión 27/06/2026

Como empresa responsable, COOTRANSARARE LTDA, reitera su compromiso con la prevención, detección y gestión de los riesgos de corrupción y Soborno Transnacional (CO/ST), en cumplimiento de la normativa aplicable, del Código de Ética y Conducta y de las disposiciones establecidas en el Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE), integrado en el Manual Integrado SARLAFT–PTEE, promoviendo su cumplimiento entre trabajadores, asociados, clientes, proveedores, contratistas, aliados estratégicos y demás terceros relacionados con la organización.

Para tal efecto, COOTRANSARARE LTDA. adopta una posición de cero tolerancia frente a cualquier forma de corrupción o soborno y establece los siguientes lineamientos:

  • – No promover, ofrecer, aceptar, solicitar o encubrir, directa o indirectamente, actos de corrupción o soborno con el propósito de obtener ventajas indebidas.
  • – No utilizar donaciones, regalos, atenciones, beneficios o cualquier otro mecanismo como medio para realizar pagos indebidos u obtener ventajas ilegítimas.
  • – No influir indebidamente sobre la voluntad u objetividad de terceros para obtener beneficios o ventajas contrarias a la ley o a los principios éticos de la organización.
  • – No permitir ni realizar pagos de facilitación.
  • – No solicitar ni percibir de manera indebida, directa o indirectamente, comisiones, pagos o beneficios de terceros con ocasión de las actividades desarrolladas por la organización.
  • – Prevenir y gestionar las situaciones que puedan generar conflictos de interés, de acuerdo con las disposiciones internas establecidas por la organización.
  • – Promover una cultura institucional de integridad, transparencia y prevención de la corrupción, mediante la capacitación y sensibilización de los trabajadores y demás partes interesadas.
  • – Informar, a través de canales apropiados, confidenciales y seguros, establecidos por la empresa y/o al Oficial de Cumplimiento, cualquier hecho, situación o conducta que pueda constituir corrupción, Soborno Transnacional o incumplimiento de esta política o del PTEE.

No se tomará represalias contra quien, de buena fe, comunique hechos que puedan constituir un incumplimiento de esta política. Los incumplimientos estarán sujetos a las medidas disciplinarias, contractuales o legales que correspondan, de acuerdo con la normativa vigente y las disposiciones internas de COOTRANSARARE LTDA. Los hechos que puedan constituir corrupción o Soborno Transnacional serán gestionados y, cuando corresponda, reportados a las autoridades competentes conforme a la normativa aplicable.

La presente política será divulgada a los trabajadores y demás partes interesadas y será revisada y actualizada cuando se presenten cambios normativos, organizacionales o en los riesgos identificados, o cuando las necesidades de la organización así lo requieran.

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MIREYA CAMACHO MEDINA
GERENTE GENERAL
Fecha Revisión 27/06/2026

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COOTRANSARARE LTDA, como organización comprometida con la legalidad, ética y responsabilidad social, garantiza el derecho fundamental de protección de los datos personales que recopila, almacena y trata en desarrollo de su objeto social. Esta política tiene como finalidad establecer los principios, procedimientos, derechos y deberes relacionados con el tratamiento de datos personales, conforme a la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013, la Ley 1266 de 2008, y demás normativas aplicables.

La presente política aplica a todos los datos personales tratados por la organización, incluyendo clientes, asociados, empleados, contratistas, proveedores y demás partes interesadas en el marco de relaciones comerciales, laborales y contractuales.

Para el cumplimiento de lo anterior, se establecen los siguientes lineamientos:

  • – Los datos personales serán recolectados, almacenados, usados, procesados, compartidos, transferidos y suprimidos conforme a las actividades propias del objeto social, en cumplimiento de la normatividad vigente.
  • – Se solicitará de manera previa, expresa e informada la autorización del titular de los datos para su tratamiento, mediante formatos físicos, digitales o cualquier medio que permita su conservación y consulta posterior.
  • – Se garantizará a los titulares de los datos personales el ejercicio de sus derechos de conocer, actualizar, rectificar, corregir, suprimir la información y revocar la autorización otorgada, de conformidad con la normatividad vigente.
  • – El tratamiento de datos sensibles, como los relacionados con salud, orientación sexual, ideología política, entre otros, solo se realizará cuando sea estrictamente necesario para el cumplimiento de obligaciones legales o contractuales, garantizando su confidencialidad y protección especial.
  • – Se implementarán medidas técnicas, administrativas y organizacionales para garantizar la seguridad, confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos personales, evitando su acceso, uso o divulgación no autorizada.

El incumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente política por parte de los colaboradores se considera falta grave y dará lugar a las medidas disciplinarias correspondientes, de conformidad con el Reglamento Interno de Trabajo, sin perjuicio de las acciones administrativas, civiles o penales a que haya lugar.

La presente política será divulgada a todos los trabajadores y demás partes interesadas, y será revisada y actualizada cuando se presenten cambios normativos, organizacionales o cuando las necesidades de la organización así lo requieran.

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MIREYA CAMACHO MEDINA
GERENTE GENERAL
Fecha de Revisión 27/06/2026

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COOTRANSARARE LTDA., como empresa dedicada al transporte en sus diferentes modalidades, reconoce la dignidad humana como un principio fundamental y está comprometida con la promoción, protección, respeto y garantía de los derechos humanos de sus trabajadores, clientes, proveedores, contratistas, comunidades y demás partes interesadas.

En desarrollo de su objeto social y actividades empresariales, la organización implementa procesos de debida diligencia orientados a identificar, prevenir, mitigar y, cuando corresponda, remediar los impactos adversos sobre los derechos humanos que pudieran derivarse de sus operaciones, bajo los siguientes principios:

  • – Respeto por los derechos humanos y laborales, garantizando el cumplimiento de la normatividad aplicable y los compromisos adquiridos con las partes interesadas.
  • – Promoción de condiciones de trabajo seguras, saludables e inclusivas, fomentando la prevención de accidentes de trabajo, enfermedades laborales, riesgos psicosociales, acoso, violencia y cualquier forma de discriminación.
  • – Promoción de la igualdad de trato y de oportunidades, garantizando un ambiente libre de discriminación por razones de sexo, género, orientación sexual, identidad o expresión de género, raza, etnia, nacionalidad, edad, discapacidad, religión, opinión, condición social, estado civil o cualquier otra condición protegida por la ley, promoviendo la diversidad y la inclusión en todas las actuaciones de la organización.
  • – Respeto por la libertad de asociación, la negociación colectiva y la remuneración justa, rechazando toda forma de trabajo infantil, trabajo forzado, trata de personas o cualquier forma de explotación laboral.
  • – Actuación con ética, transparencia e integridad en todas las relaciones comerciales, previniendo prácticas de corrupción, fraude o soborno.
  • – Relacionamiento responsable con las comunidades y demás partes interesadas, promoviendo el diálogo, el respeto mutuo y la gestión de los impactos sociales, ambientales y económicos derivados de la operación.
  • – Disponibilidad de canales de comunicación para el reporte de posibles vulneraciones a los derechos humanos, garantizando la confidencialidad, la atención oportuna y la ausencia de represalias contra quienes actúen de buena fe.
  • – Protección del medio ambiente como elemento fundamental para la preservación de la vida, la salud y el bienestar de las personas.

Esta política es de obligatorio cumplimiento para todos los trabajadores, contratistas, proveedores y aliados comerciales de COOTRANSARARE LTDA., quienes deberán respetar los derechos y libertades fundamentales de las personas y abstenerse de participar, facilitar o tolerar conductas que puedan constituir vulneraciones a los derechos humanos.

COOTRANSARARE LTDA. divulgará esta política a los trabajadores y demás partes interesadas, y la revisará y actualizará cuando se presenten cambios normativos, organizacionales o cuando las necesidades de la empresa así lo requieran, con el fin de garantizar su vigencia y mejora continua.


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MIREYA CAMACHO MEDINA
GERENTE GENERAL
Fecha de Revisión 27/06/2026

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COOTRANSARARE LTDA adopta una Política de Administración del Riesgo de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LA/FT/FP), como parte de su compromiso con la legalidad, la ética, la transparencia y la sostenibilidad organizacional, en cumplimiento de la normativa vigente. Esta política se desarrolla conforme a los principios establecidos por el GAFI y GAFILAT, y apoya los esfuerzos nacionales e internacionales para prevenir y combatir actividades ilícitas que pongan en riesgo la integridad, estabilidad o reputación de la organización, el sector transporte y la sociedad en general.

Se implementa el Sistema de Administración del Riesgo de LA/FT/FP (SARLAFT), de obligatorio cumplimiento para todos los niveles de la organización: empleados, asociados, directivos, contratistas y demás partes interesadas. Para ello, la Cooperativa se compromete a:

  • – Desarrollar las fases de identificación, medición, control y monitoreo de los riesgos LA/FT/FP, aplicando eficazmente los controles establecidos, de acuerdo con la metodología definida en el Manual Integrado SARLAFT-PTEE.
  • – Cumplir los lineamientos legales y regulatorios aplicables en materia de LA/FT/FP y las disposiciones impartidas por las autoridades competentes.
  • – Asignar los recursos necesarios para el adecuado y eficaz funcionamiento del SARLAFT.
  • – Aplicar procesos de debida diligencia para el conocimiento e identificación de clientes, asociados, empleados, proveedores, contratistas y demás contrapartes, de acuerdo con el nivel de riesgo.
  • – Abstenerse de establecer o mantener relaciones u operaciones cuando no sea posible realizar adecuadamente el conocimiento y debida diligencia requerida, de acuerdo con las disposiciones legales y los procedimientos internos.
  • – Garantizar la confidencialidad, conservación y custodia de la información y documentación relacionada con el SARLAFT, conforme a la normativa vigente.
  • – Presentar los reportes obligatorios a la UIAF y demás autoridades competentes de manera oportuna, completa y veraz.
  • – Promover y fortalecer una cultura organizacional de prevención y gestión del riesgo LA/FT/FP, mediante actividades de capacitación, divulgación y sensibilización.

El SARLAFT será gestionado bajo un enfoque basado en riesgos y contará con mecanismos de seguimiento, monitoreo, auditoría y mejora continua. El Consejo de Administración, la Junta de Vigilancia, la Gerencia, el Revisor Fiscal, el Oficial de Cumplimiento y demás responsables ejercerán las funciones que les correspondan de acuerdo con la normativa vigente y el Manual Integrado SARLAFT-PTEE.

La presente política será aprobada, divulgada, socializada, revisada y actualizada de acuerdo con la normativa vigente, los cambios en las actividades de la Cooperativa y los resultados del seguimiento al SARLAFT. Su contenido será objeto de capacitación para los empleados, asociados, administradores y demás partes interesadas, según corresponda.

El incumplimiento de esta política dará lugar a la aplicación de las medidas disciplinarias, administrativas, contractuales o legales a que haya lugar, conforme a la normativa vigente y las disposiciones internas de COOTRANSARARE LTDA.

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MIREYA CAMACHO MEDINA
GERENTE GENERAL
Fecha de Revisión 27/06/2026

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